- tribunal de menores
- Tribunal especial encargado de los problemas de los niños abandonados, abusados o que han incurrido en conductas delictivas.Los tribunales de menores conocen de dos tipos de causas: asuntos civiles, a menudo relativos al cuidado de niños pobres o abandonados y asuntos criminales, que derivan del comportamiento antisocial del niño. La mayoría de las legislaciones establecen que todas las personas menores de cierta edad (a menudo 18 años) deben ser primero procesadas por un tribunal de menores, el que puede, a su arbitrio, asignar el caso a un tribunal ordinario. Antes de que se creara el primer tribunal de menores, en Chicago, en 1899, y de la posterior creación de otros tribunales de este tipo en EE.UU. y otros países (p. ej., Canadá, en 1908; Inglaterra, en 1908; Francia, en 1912; Rusia, en 1918; Polonia, en 1919; Japón, en 1922; y Alemania, en 1923), los menores de edad eran juzgados en los mismos tribunales que los adultos.
Enciclopedia Universal. 2012.